Alcance
Este documento especifica los requisitos y proporciona una guía para establecer, implementar, mantener, revisar y mejorar un sistema de gestión antisoborno. El sistema puede ser independiente o puede estar integrado en un sistema de gestión global. En este documento se aborda lo siguiente en relación con las actividades de la organización:— soborno en los sectores público, privado y sin fines de lucro;— soborno por parte de la organización;— soborno por parte de personal de la organización que actúa en nombre de la organización o para su beneficio;— soborno por parte de socios de negocios de la organización que actúan en nombre de la organización o para su beneficio;— soborno a la organización;— soborno del personal de la organización en relación con las actividades de la organización;— soborno de los socios de negocios de la organización en relación con las actividades de la organización;— soborno directo e indirecto (por ejemplo, un soborno ofrecido o aceptado por o a través de un tercero.Este documento es aplicable solo para el soborno. En él se establecen los requisitos y se proporciona una guía para un sistema de gestión diseñado para ayudar a una organización a prevenir, detectar y enfrentar al soborno y cumplir con las leyes antisoborno y los compromisos voluntarios aplicables a sus actividades.Este documento no aborda específicamente de fraude, carteles y otros delitos de antimonopolio y competencia, el lavado de dinero u otras actividades relacionadas con las prácticas corruptas a pesar de que una organización puede optar por ampliar el alcance del sistema de gestión para incluir este tipo de actividades.Los requisitos de este documento son genéricos y se pretende que sean aplicables a todas las organizaciones (o partes de una organización), independientemente del tipo, tamaño y naturaleza de la actividad, ya sea en los sectores público, privado o sin fines de lucro. El grado de aplicación de estos requisitos depende de los factores especificados en 4.1, 4.2 y 4.5.NOTA 1 Véase el Capítulo A.2 para orientación.NOTA 2 Las medidas necesarias para prevenir, detectar y mitigar el riesgo de soborno por parte de la organización pueden ser diferentes de las medidas utilizadas para prevenir, detectar y enfrentar al soborno de la organización (de su personal, o socios de negocios que actúan en nombre de la organización). Véase el apartado A.8.4 para recibir orientación.