Alcance
Esta norma especifica un método para la determinación de los elementos: aluminio, antimonio,arsénico, bario, berilio, bismuto, boro, cadmio, calcio, cerio, cesio, cobalto, cobre, cromo, disprosio, erbio, escandio, estaño, estroncio, europio, fósforo, gadolinio, galio, germanio, hafnio, holmio, indio, iridio, lantano, litio, lutecio, magnesio, manganeso, molibdeno, neodimio, níquel, oro, paladio, plata, platino, plomo, potasio, praseodimio, rubidio, renio, rodio, rutenio, samario, selenio, sodio, talio, teluro, terbio, torio, tulio, uranio, vanadio, wolframio, iterbio, itrio, zinc y zirconio en agua [por ejemplo, en aguas potables, superficiales, subterráneas, residuales y eluatos (ver 9.2)].Teniendo en cuenta las interferencias específicas y otras adicionales que se puedan presentar, estos elementos se pueden determinar también en digeridos de agua, lodos y sedimentos (por ejemplo, digeridos de agua obtenidos de acuerdo con lo especificado en ISO 15587-1 e ISO 15587-2).El rango de trabajo depende de la matriz y de las interferencias encontradas. En aguas potables y en aguas poco contaminadas el límite de aplicación está comprendido entre 0,1 μg/L y 1,0 μg/L para la mayoría de los elementos (ver Tabla 1).Los límites de detección de la mayoría de los elementos se encuentran afectados por contaminación del blanco que depende, en gran medida, de las instalaciones de tratamiento del aire de que disponga el laboratorio.El límite inferior de aplicación es superior en los casos en los que la determinación sea proclive a presentar interferencias (ver cláusula 5) o en caso de efectos de memoria (ver ISO 17294-1, 8.2).