Alcance
Esta norma proporciona requisitos y sirve de guía a las organizaciones en las cadenas de suministro internacionales para:- desarrollar e implementar procesos de seguridad en la cadena de suministro;- establecer y documentar un nivel mínimo de seguridad en la cadena o cadenas de suministro o en una parte de una cadena de suministro;- asistir en el cumplimiento del criterio del Operador Económico Autorizado (OEA) aplicable, establecido en el Marco de la Organización de Aduanas y en la conformidad con los programas nacionales de seguridad en la cadena de suministro.NOTA Sólo un miembro de la Agencia Nacional de Aduanas puede designar a organizaciones como OEA de acuerdo con sus programas de seguridad de la cadena de suministro y con los requisitos esperados de certificación y validación.Además, esta norma establece ciertos requisitos de documentación que permitirían su verificación. Los usuarios de esta norma:- definirán la parte de una cadena de suministro internacional en la que hayan establecido la seguridad (ver 4.1);- llevarán a cabo evaluaciones de la seguridad en esa parte de la cadena de suministro y desarrollarán las contramedidas adecuadas;- desarrollarán e implementarán un plan de seguridad para la cadena de suministro;- formarán al personal de seguridad en sus tareas relacionadas con la seguridad.