Alcance
Este documento especifica los requisitos y proporciona orientación para establecer, implementar, mantener, revisar y mejorar un sistema de gestión antisoborno. El sistema puede ser independiente o puede estar integrado a un sistema de gestión general. Este documento aborda lo siguiente en relación a las actividades de la organización:— soborno en los sectores públicos, privados y sin fines de lucro;— soborno por parte de la organización;— soborno por parte del personal de la organización que actúa en nombre de la organización o en su propio beneficio;— soborno por parte de los socios comerciales de la organización que actúan en nombre de la organización o en su propio beneficio;— soborno de la organización;— soborno del personal de la organización con respecto a las actividades de la organización;— soborno de los socios comerciales de la organización con respecto a las actividades de la organización;— soborno directo e indirecto (por ejemplo, un soborno ofrecido o aceptado mediante o por parte de una tercera parte).Este documento es aplicable solamente al soborno. Establece los requisitos y proporciona orientación para un sistema de gestión diseñado para ayudar a que una organización prevenga, detecte y responda ante el soborno, además de cumplir con las leyes antisoborno y los compromisos voluntarios aplicables a sus actividades.Este documento no aborda específicamente fraudes, carteles y otros delitos antimonopolios/de competencia, lavado de dinero u otras actividades relacionadas a prácticas corruptas, aunque una organización puede extender el alcance del sistema de gestión para incluir dichas actividades.Los requisitos de este documento son genéricos y están destinados a ser aplicables a todas las organizaciones (o partes de una organización), independientemente de su tipo, tamaño y naturaleza de sus actividades, y ya sean de sectores públicos, privados o sin fines de lucro. El alcance de la aplicación de estos requisitos depende de los factores especificados en 4.1, 4.2 y 4.5.NOTA 1 Ver cláusula A.2 para orientación.NOTA 2 Las medidas necesarias para prevenir, detectar y mitigar el riesgo de soborno por parte de la organización pueden ser diferentes de las medidas usadas para prevenir, detectar y responder ante el soborno de la organización(o de su personal o socios comerciales que actúan en nombre de la organización). Ver A.8.4 para orientación.