Alcance
1.1 Esta norma establece los requisitos generales para el diseño e instalación de las redes de distribución para los sistemas de gases combustibles/oxígeno, para corte, soldadura y otros procesos relacionados.NOTA - A menos que se especifique otra cosa la expresión "corte y soldadura" incluye, en adelante, a la expresión "procesos relacionados".1.2 Esta norma se aplica a:a) los sistemas que utilizan gases combustibles, definidos en 3.7 de esta norma, cuando dichos combustibles se usan con oxígeno;b) almacenamiento, en el lugar de una instalación de corte y soldadura, de:b.1) gases para ser usados en tales sistemas, en que más de un cilindro de oxígeno y más de un cilindro de combustible gaseoso se almacena en un área única; ello incluye el almacenamiento de más de un cilindro de cada uno de estos gases comprimidos en un área única, aun cuando dichos cilindros puedan destinarse a uso en otros equipos del tipo que se describen en 1.3;b.2) cilindros vacíos.1.3 Esta norma no se aplica a:a) equipos que comprenden un solo cilindro de gas combustible, un solo cilindro de oxígeno, reguladores, mangueras y sopletes.NOTA - Para estos sistemas, ver la norma ANSI Z 49.1 Parte II (Bibliografía, anexo A);b) sistemas en que el gas combustible no se usa con oxígeno.NOTA - Para estos sistemas, ver las normas NFPA 54 y NFPA 58 (Bibliografía, anexo A);c) sistemas de gas combustible/aire comprimido;d) la fabricación de gases y el llenado de cilindros de gases comprimidos;e) generación de acetileno y almacenamiento de carburo de calcio.