Alcance
1.1 Esta norma establece los requisitos mínimos generales, de gestión y de calidad que deben cumplir los centros de turismo de naturaleza o lodge que presten el servicio de alojamiento turístico, para obtener según corresponda la calificación turista, turista superior o lujo.1.2 Esta norma no establece requisitos que son reglamentarios (por ejemplo: accesibilidad para personas en sillas de ruedas, sistema de protección contra incendios, ordenanza de urbanismo y construcción y otros), para lo cual se debe aplicar lo establecido por la Autoridad Competente.