Alcance
1.1 Esta norma define las funciones y requisitos mínimos para sistemas de ventilación mecánica y natural y para la envolvente del edificio orientados a proveer una calidad de aire interior aceptable en edificios residenciales de baja altura.1.2 Esta norma se aplica a espacios destinados a la ocupación de personas dentro de viviendas unifamiliares y edificaciones no mayores a tres pisos para un conjunto de familias, incluidas casas prefabricadas y modulares. Esta norma no se aplica a viviendas transitorias como hoteles, moteles, hogares de ancianos, albergues o cárceles.1.3 Esta norma considera los contaminantes químicos, físicos y biológicos que pueden afectar la calidad del aire. Esta norma no incluye requisitos para confort térmico (ver ANSI/ASHRAE 55-2010).1.4 Si bien una calidad de aire interior aceptable es la meta de esta norma, no necesariamente se logrará aún cuando si se cumplan todos los requisitos debido a:a) la diversidad de fuentes y contaminantes en el aire interior y el rango de la susceptibilidad de la población;b) los muchos otros factores que pueden afectar la percepción del ocupante y aceptación de calidad de aire interior, tales como temperatura del aire, humedad, ruido, luz y tensión sicológica (stress);c) si el aire ambiental no es aceptable y este aire se trae a la edificación sin previa purificación (la purificación de aire ambiental exterior no es un requisito de esta norma);d) si los sistemas no se operan ni mantienen según lo diseñado; oe) cuando ocurren eventos de alta contaminación.1.5 Esta norma no aborda calentadores a combustión de espacios no ventilados.