Alcance
1.1 Esta norma establece los criterios y características asociadas al diseño, además de los requisitos específicos para baños y otros, que debe cumplir una faena minera. Además, entrega orientaciones sobre la revisión y mantención de dicha faena.1.2 Esta norma aplica tanto a nuevas construcciones de faenas mineras como a aquellas que quieran adecuar sus instalaciones para dar cumplimiento a la Ley 20.422.1.3 Esta norma no aplica al acceso físico en: área de mina, área de planta, tranques de relave, yotras áreas operacionales homologables. Sin perjuicio de lo anterior, la organización que desee o deba incorporar personas con discapacidad a dichas áreas deberá hacerlo en cumplimiento con lo establecido por DS132[6] y efectuar los ajustes razonables para dicha incorporación.