Alcance
Esta norma especifica la información que se debe registrar en las cadenas de distribución de crustáceos marinos frescos capturados con el fin de establecer la trazabilidad de productos frescos originados de crustáceos marinos capturados, desde la descarga de la pesca hasta el consumo final en el mercado nacional.Esta norma especifica cómo se deben identificar los productos pesqueros comercializados, y la información que se debe generar y mantener sobre aquellos productos, por cada una de las empresas alimentarias que físicamente los comercializa a través de cadenas de distribución.Esta norma aplica a la cadena de distribución de crustáceos frescos capturados y sus productos, desde la captura hasta los minoristas o empresas de catering para el consumo humano.NOTA Se ha utilizado número único y código FAO pensando en que posteriormente los productos frescos puedan r exportados.