Alcance
1.1 Esta norma establece los criterios de tasación de suelo que tiene potencial de desarrollo inmobiliario y donde su valor de uso existente a la fecha de valuación, está por debajo del valor de mercado.1.2 Esta tasación se realiza de acuerdo a lo indicado en NCh3658/1. El bien a valorar es el suelo que tiene potencial de desarrollo inmobiliario.1.3 Los bienes incluidos en el alcance de esta norma son:a) Suelo asignado para usos de mayor valor o mayor densidad según planificación.b) La construcción de edificaciones en suelos previamente sin urbanizar.c) Suelo sin urbanizar.d) Suelo que se encuentra dotado con infraestructura mínima.e) Suelo urbanizado con potencial de desarrollo inmobiliario.f) Suelo que requiere una mejora, alteración, readecuación, rehabilitación o cambio de destino de sus edificios o estructuras existentes.g) Readecuación o cambios de uso de suelos previamente desarrollados.1.4 Esta norma establece la información mínima que debe contener un informe de tasación de suelos para el desarrollo de un proyecto inmobiliario.1.5 Esta norma se aplica para establecer si los proyectos inmobiliarios propuestos son viables en su mayor y mejor uso, como, por ejemplo:— Garantía de préstamo;— Adquisición;— Impuestos o exenciones tributarias;— Litigios y/o actos controversiales;— Informes de estados financieros; o— Seguros involucrados, cuando aplique.