Alcance
1.1 Esta norma especifica los requisitos de seguridad e higiene relativos al diseño y a la construcción de las amasadoras de panadería y de pastelería con cubas de revolución de un volumen superior o igual a 5 L1 e inferior o igual a 500 L.Estas amasadoras se usan separadamente en la industria alimentaria y tiendas (pastelerías, panaderías, confiterías, etc.) para la fabricación de masa mezclando harina, agua y otros ingredientes.Estas máquinas pueden alimentarse de forma manual o mecánicamente.Estas máquinas a veces se utilizan en otras industrias (industria farmacéutica, industria química, imprenta), pero los peligros relativos a estos usos no se consideran en esta norma.Esta norma trata con todos los peligros, situaciones y sucesos peligrosos signifi cantes relativos al transporte, instalación, reglaje, funcionamiento, limpieza, mantenimiento, desmantelamiento, desinstalación y chatarra de amasado, cuando se utilizan de la forma prevista y bajo las condiciones de mal uso razonablemente previsibles por el fabricante (ver cláusula 4).1.2 Esta norma no trata con las siguientes máquinas:— las batidoras planetarias (ver NCh3882);— las máquinas trabajando en alimentación continua;— las mezcladoras con cuba vertical fija;— las máquinas experimentales o de ensayos de puesta a punto por el fabricante;— los aparatos de uso doméstico;— los aparatos automáticos de carga y descarga.1.3 Esta norma no se aplica a máquinas que se fabricaron antes de su fecha de publicación.1 Para capacidades inferiores a 5 L, se aplican EN 60335-1 y EN 60335-2.