Alcance
1.1 Esta norma establece valores mínimos para las solicitaciones sísmicas en edificios y procedimientos para el cálculo de las mismas. Incluye además prescripciones relativas a la estructuración antisísmica de los edificios.1.2 Las prescripciones de esta norma se aplicarán al cálculo antisísmico de edificios de todo tipo.1.3 Estas prescripciones no serán aplicables al cálculo de otras obras civiles o estructuras cuyas características no correspondan al concepto normal de edificios.