Alcance
1.1 Esta norma establece requisitos para eldiseño sísmico de los edificios y estructuras quese describen en la Tabla 3.1.2 Esta norma no se aplica al diseño sísmicode elementos y sistemas no estructurales,como tampoco a sus componentes, soportes yfijaciones.1.3 Esta norma no se aplica al diseño sísmicode otras obras civiles tales como puentes,presas, túneles, acueductos, muelles o canales.Tampoco se aplica a estructuras o instalacionesindustriales.1.4 Esta norma es aplicable solo a materialeso sistemas que tengan una norma técnica dediseño sísmico, o que en su defecto se puedademostrar mediante ensayos cíclicos no linealesque tienen resistencia y ductilidad equivalentes alos requerimientos de esta norma para materialessísmicos convencionales.1.5 Esta norma incluye la determinación de lasdemandas inerciales sobre las estructuras y portanto aplica para sitios o suelos que permanecenestables durante y después del evento sísmico.Casos como emplazamientos sobre fallascorticales o suelos de fundación que puedenimponer demandas de desplazamientos relativossignifi cativos a nivel de las fundaciones de laestructura no están cubiertos por la presentenorma.