Alcance
1.1 Esta norma establece los requisitos que se deben cumplir en la rotulación de los productos alimenticios envasados destinados a consumo humano.1.2 Esta norma se aplica a los productos alimenticios nacionales o importados que se comercializan en el país, para el consumidor final y para fines de alimentación colectiva. Aplica también a los productos alimenticios que se rigen por normativas específicas de rotulación, solo en el caso de no oponerse a éstas.1.3 Esta norma se puede aplicar a productos alimenticios de exportación.1.4 Esta norma no se aplica para aquellos productos alimenticios que se envasan en presencia del consumidor final o en el momento de la compra.1.5 Esta norma no se aplica a las bebidas alcohólicas.1.6 Esta norma aplica a rotulación general, sin embargo, los alimentos envasados deben cumplir con la reglamentación vigente referida a rotulado sanitario y nutricional.